Raymundo Riva Palacio, en su columna “Estrictamente personal” realiza un sumario de todas las violaciones a leyes, artículos y códigos al que los participantes del mega plantón incurren, desde el pelele de Alejandro Encinas hasta el último participante en esta ching2812era.

Artículo 11 constitucional, que se refiere a la libertad de tránsito, pues incumple su función de ser garante de que ello suceda. Al hacerlo, incumple las obligaciones en los artículos octavo y 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos,

Otro artículo constitucional que viola es el quinto, sobre la libertad de trabajo. Al avalar con los bloqueos a bancos y con la crisis económica derivada del plantón -que redundó en despidos y cierres de pequeños negocios-, privó a los trabajadores de su trabajo.

Se viola también el Código Penal Federal al facilitar recursos y medios para apoyar a la coalición en el megaplantón. Por ese delito del artículo 407, alcanzarían hasta 400 días de salario mínimo de multa y nueve años de prisión, que es una pena similar por la violación del artículo 412 por hacerlo “a sabiendas”, como el mismo Encinas declaró que respaldaría asumiendo todos los costos que ello implicaba.

Por estas mismas razones violó el artículo 214 de ejercicio indebido de servicio público, además del octavo, por haber incumplido sus funciones de cumplir “con la máxima diligencia” el servicio que le fue encomendado. Como ejemplos bastaría señalar la ruptura del orden, la violación de las garantías individuales de los ciudadanos afectados por el megaplantón, el respaldo de la policía para el mismo y, por si no fueran suficientes los agravantes, la participación en turnos de trabajadores del gobierno capitalino en el mismo con el financiamiento colateral, lo que, adicionalmente, los llevaría a fincarles responsabilidades por el delito de peculado, dispuesto en el artículo 223 del Código Penal Federal. V

Quienes participan en el mega plantón violaron el artículo 165 del Código Penal Federal por paralizar en parte el libre tránsito, que los haría merecedores de multas hasta de 10 mil días de salario mínimo y cárcel hasta por nueve años.

Infringieron también el 185 al impedir la prestación de servicios públicos.

El 331 por hacer lo mismo con el transporte público, y el 343, la ocupación de áreas verdes, que es un delito considerado grave con penas de prisión hasta de nueve años. No es menos importante otra violación, al 221, por estar utilizando de manera ilegal la energía eléctrica.

Pero pues vale madre, al gobierno Federal le importa un pito esta mamada, los habitantes del DF no tenemos de otra más que fregarnos, después de todo las pinches leyes se las pasan por el arco del triunfo. Y Andrés Manuel asi quiere ser presidente. Que no mame.